Si facturas, esto te toca. Veri*factu es el reglamento que obliga a que tu programa de facturación cumpla unos requisitos concretos, y tiene fecha. La confusión más habitual que nos encontramos es creer que es lo mismo que la factura electrónica obligatoria entre empresas. No lo es, y mezclarlas lleva a prepararse para lo que no toca.
Qué es Veri*factu y qué no es
Veri*factu no es un programa que tengas que comprar ni una plataforma de Hacienda donde entres a facturar. Es un reglamento que le exige cosas al software: que cada factura genere un registro encadenado con la anterior, que ese registro no se pueda alterar ni borrar sin dejar rastro, que lleve una huella digital y un código QR, y que el programa no permita llevar una contabilidad paralela.
Dicho en corto: se acabaron los programas que dejaban borrar una factura como si nunca hubiera existido. Esa es toda la intención de la norma.
El nombre viene de que hay dos formas de cumplirlo. En modo Veri*factu, el programa envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momento de emitir. En el otro modo, los registros se guardan firmados en tu equipo y solo se entregan si te los piden, pero a cambio el software tiene requisitos de seguridad más estrictos. La mayoría de fabricantes está tirando por el primero porque es más sencillo de certificar.
Las fechas que están en vigor ahora mismo
Las fechas se han movido varias veces y por eso hay tanta información caducada rodando por internet. Las que están en vigor, tras el Real Decreto-ley 15/2025, son estas:
- 1 de enero de 2027 para las sociedades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades.
- 1 de julio de 2027 para todos los demás obligados, autónomos incluidos.
Si has leído por ahí que era en 2025 o en 2026, esa información es anterior al aplazamiento. Y conviene no confiarse: ya se ha retrasado antes y podría volver a pasar, pero también podría no pasar, y quien se prepare el último mes se va a encontrar a todos los proveedores de software con la agenda llena.
Hay una fecha que no se ha movido y que te afecta de rebote: la de los fabricantes. Sus programas ya tienen que estar adaptados. Es decir, que ahora mismo puedes exigirle a tu proveedor que te diga si su producto cumple, y si no sabe contestarte, eso ya es una respuesta.
Veri*factu no es la factura electrónica obligatoria
Son dos obligaciones distintas que van por caminos separados y que todo el mundo mezcla.
Veri*factu regula cómo tiene que funcionar tu programa por dentro, y tiene las fechas de arriba. La factura electrónica obligatoria entre empresas y profesionales viene de la ley Crea y Crece y regula en qué formato intercambias las facturas con tus clientes. Esa segunda sigue pendiente de una orden ministerial técnica, así que sus plazos todavía bailan.
Lo práctico: prepararte para Veri*factu te deja medio camino hecho para la otra, porque el mismo programa que cumple una suele resolver la segunda. Pero no son la misma cosa y no vencen a la vez.
Cómo saber si tu programa cumple
Hay tres situaciones y conviene identificar en cuál estás:
Facturas con Word, Excel o un PDF hecho a mano. Esto no se adapta. No hay actualización posible porque no es un sistema de facturación. Vas a tener que pasarte a un programa, y cuanto antes empieces, más tranquilo lo harás.
Tienes un programa de facturación de hace años. Aquí la pregunta es si el fabricante lo mantiene. Muchos programas antiguos no se van a adaptar nunca porque al fabricante no le compensa, y eso lo tienes que saber ya, no en 2027. Llama y pregunta.
Tienes un programa actual con mantenimiento. Es el caso cómodo: lo más probable es que llegue adaptado en una actualización y solo haya que configurarlo. Aun así, confirma que la versión que tú tienes contratada lo incluye.
Qué pasa si llega la fecha y no has hecho nada
Aquí hay un detalle que sorprende a casi todo el mundo: la Agencia Tributaria considera infracción el simple hecho de tener instalado un programa de facturación que no cumpla, aunque no lo estés usando. No hace falta que emitas una factura mal; basta con que el programa esté ahí y sea capaz de emitir.
Por eso no vale con dejar el programa viejo instalado «por si acaso» mientras estrenas el nuevo. Hay que desinstalarlo.
Qué conviene hacer ahora
No hace falta correr, pero sí hacer dos cosas que cuestan poco. La primera, preguntarle a tu proveedor de software si su producto está adaptado y en qué versión. La segunda, mirar cuántas facturas haces al mes y quién las emite, porque si vas a tener que cambiar de programa, lo que lleva tiempo no es instalarlo: es migrar clientes, artículos y series, y que la gente aprenda a usarlo sin pararte el negocio.
En KSC Informática llevamos esto con pymes y autónomos de la Sierra Norte, la Campiña y el sur de Extremadura. Miramos cómo facturas hoy, te decimos si tu programa te vale, y si no te vale, te proponemos uno que encaje con tu negocio y nos encargamos de la migración y de la formación. Puedes ver cómo lo hacemos en la página de factura electrónica y los programas de gestión con los que trabajamos.
Si prefieres que lo miremos directamente con tus facturas delante, escríbenos o llámanos y lo vemos sin compromiso.


